
Publicado el : Martes 28 de octubre 2014, por AMECH, 1 comentario.
El trabajo tercerizado o temporal debe ser siempre digno y legal.
Empezando por un primer y gran punto: Se debe cumplir con la LFT Art. 15-A. Esto quiere decir:
-No todos los empleados.
-No los mismos puestos.
-Sólo a través de empresas especializadas en el servicio.
Comentarios:
Excelente propuesta, linea rectora y fundación axiomática, que debiera ser considerada y practicada por todas las empresas del sector en México